Solicitar libro de visitas electrónico
Como forma jurídica laboral, Empresa o Autónomo, tienes la obligación de disponer de un libro de visitar en tu negocio, el cual ha de estar a disposición de cualquier persona que lo demande.
Actualmente, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ha publicado en el Boletín Oficial del Estado del 2 de diciembre de 2008 una normativa en la que permiten la substitución del libro de visitas físico por el Libro de Visitas Electrónico.
La empresas y autónomo que quieran solicitar dicho recurso, tan sólo tendrán que constatar que poseen al menos de un ordenador con lector de tarjetas con acceso a la aplicación del Libro de Visitas Electrónico.
Consideramos que es una buena opción. Todo lo que sea eliminar documentación necesaria y que pueda ser apoyada vía on-line siempre resulta de gran interés.
Adjuntamos el impreso necesario para realizar la solicitud.
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| Adjunto | Tamaño |
|---|---|
| Solicitud_Alta_LveITSS_IP-108.doc | 971 KB |

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